COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD

Coordinación entre los diferentes agentes del proceso constructivo, para hacer cumplir los principios de la prevención de riesgos laborales dentro de la legislación vigente.
Organizar la coordinación de actividades empresariales previstas en el artículo 24 de de Ley de prevención de Riesgos Laborales.
Coordinar las acciones y funciones de control de aplicación correcta en los métodos de trabajo.
Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.

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